sábado, 23 de mayo de 2009

Instituciones al derecho privado

Sociedad de responsabilidad limitada ( S.R.L. )

SRL: Es la sociedad comercial cuyo capital esta dividido en cuotas alicuotas e indivisibles, y sus socios no son responsables por las deudas sociales

Caracteristicas del capital de una SRL:

1- No puede exceder el minimo ni el maximo establecido por la ley
2- se divide en partes iguales e indivisibles llamadas CUOTAS SOCIALES
3- Las cuotas no pueden representarce en titulos negociables

Caracteristicas de los socios de una SRL:

1- La cantidad total de socios en una SRL no puede exceder los 50
2- Los socios no se haran responsables de las deudas sociales

CONSTITUCION:

Para regularizar: registrar el contrato en el Registro Nacional de Comercio, y Publicar el contrato en el Diario Oficial

APORTE:
En el momento en q se subscribe el contrato social cada uno tendra q aportar el 50% del total de su aporte, luego, con un plazo de dos años podra aportar el otro 50%

Regimen de SECION DE CUOTAS:

Las cuotas sociales pueden ser cedidas a otros socios o extraños.
Como principio general si un socio quiere ceder una cuota social a OTRO SOCIO esta en todo su derecho y no se necesita el concentimiento de los demas socios.

En el caso de q un socio le quiera ceder una cuota social a otra persona, agena a la SOC., se necesitara el acuerdo de los demas socios, en el caso de q la sociedad tenga menos de 5 socios, tendra q ser un acuerdo unanime, en el caso en q la sociedad tenga mas de 5 socios, tendran q estar de acuerdo la cantidad de socios necesarios para q el 75% del capital de la sociedad se vea representado.

RECORDAR: EL SOCIO Q QUIERA CEDER CUOTAS A TERCEROS, LO DEBERA COMUNICAR A LOS DEMAS SOCIOS Y EN CASO DE Q EXISTA UNA NEGACION POR PARTE DE LOS SOCIOS, ESTE PODRA RECURRIR A LA JUSTICIA Y SERA UN JUEZ QUIEN DETERMINE LA CAUSA JUSTA.

RESOLUCIONES:
Las resoluciones de una SRL se toman en una reunion de socios en donde cada cuota da derecho a un voto

Puntos del contrato social:
- lugar y fecha donde se celebra el contrato
- nombre, domicilio y cedula de las partes q lo celebran
- tipo social de la sociedad q pretenden celebrar
- nombre de la soc. (denominacion)
- Domicilio de la SOC
- Objeto de la SOC, a que rubro se va a dedicar
- Duracion de la SOC, (1 año, 10 años, 30 años maximo)
- el capital de la SOC
-Los aportes
- el regimen de administracion (quien joraca lo administra)
- regimen de reparto de ganancias
- regimen para ceder las cuotas
- Firma de las partes y del escribano.
- FE DE QUERER REGISTRAR EL CONTRATO EN EL REGISTRO NACIONAL DE COMERCIO Y LUEGO PUBLICARLO EN EL DIARIO OFICIAL

No hay comentarios:

Publicar un comentario