sábado, 23 de mayo de 2009

Instituciones al derecho privado

Consorcios
"es un contrato entre 2 o mas partes"

DEF: Es un contrato q vincula temporalmente a dos o mas personas fisicas o juridicas, para la realizacion de determinada obra, la representacion de determinados servicios o el suministro de distintos bienes.

Los consorcios no tienen personeria juridica, no se trata de sujetos de derecho

el consorcio no esta destinado a la adquisicion de ganancias sino q regula la actividad de cada una de las partes. por lo q cada miembro desarrolla la actividad q le corresponde




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